¿Puedo superar el límite de velocidad para adelantar?
No. Ya no existe el margen de 20 km/h que antes se permitía en carretera convencional. Si no puedes adelantar sin pasarte del límite, no debes hacerlo.
Esto se explica entero, con sus tablas y sus excepciones, en Maniobras.
Cómo cae en el examen
Estas son 4 preguntas reales del banco oficial de la DGT sobre esta misma duda. La respuesta correcta va marcada.
¿Qué vehículos pueden superar la velocidad máxima en autovías para adelantar?
- Solamente los automóviles y las motocicletas.
- Solamente las motocicletas.
- Ningún vehículo puede superar la velocidad máxima.
Ninguno. Desde 2022 no existe margen para superar el límite durante un adelantamiento, ni en autovía ni en carretera convencional.
En una autopista, ¿a qué velocidad máxima puede circular una motocicleta?
- 120 km/h, y puede llegar a los 140 km/h para adelantar.
- 100 km/h.
- 120 km/h.
120 km/h. No existe ningún margen legal para adelantar: el límite es el mismo en todo momento.
En este tramo de vía, ¿cuál es la velocidad máxima?
- La que indica la señalización más 20 km/h para adelantar.
- La máxima genérica de 90 km/h, para adelantar.
- La que indica la señalización.
La que indica la señalización. No existe ningún margen adicional para adelantar: el límite señalizado rige en todo momento.
Si circula con una motocicleta por una carretera convencional con dos carriles para cada sentido, ¿qué velocidad máxima le está permitido alcanzar para adelantar a otro vehículo?
- 120 Km/h.
- 90 Km/h.
- 80 km/h.
Los turismos y motocicletas en autopistas y autovías: 100 km/h. Convencionales: 90 km/h. Incluido para adelantar.
Compruébalo
Veinte preguntas de este tema, corregidas al momento y con la explicación de cada fallo.
Test de maniobras →