¿Qué pasa si me niego a soplar?
Negarse a las pruebas de alcohol o drogas es un delito, castigado con más dureza que dar positivo, y además supone la pérdida de seis puntos.
Esto se explica entero, con sus tablas y sus excepciones, en Seguridad vial y factor humano.
Cómo cae en el examen
Estas son 4 preguntas reales del banco oficial de la DGT sobre esta misma duda. La respuesta correcta va marcada.
Si un conductor se niega a realizar las pruebas de detención de alcohólica, los agentes de tráfico, ¿pueden inmovilizar su vehículo?
- Sí, y además está cometiendo un delito.
- Solo si presenta síntomas evidentes de haber consumido alcohol.
- No.
Sí, y además la negativa es delito. Negarse no evita las consecuencias: se castiga con más dureza que dar positivo, y el vehículo puede quedar inmovilizado igualmente.
¿Pueden los agentes de tráfico retirar su vehículo de la circulación si usted se niega a someterse a una prueba de alcoholemia?
- Sí, y además comete usted una violación de las normas de circulación.
- No, porque los agentes de tráfico no pueden comprobar si usted supera el límite máximo del nivel de alcohol si se niega a someterse a una prueba de alcoholemia.
- No.
Sí. Negarse a la prueba no evita las consecuencias: el vehículo puede ser inmovilizado y, además, la negativa es en sí misma un delito, castigado con más dureza que dar positivo.
Un conductor, ¿puede ser condenado a penas de prisión por conducir bajo los efectos del alcohol?
- No, el consumo de alcohol no está regulado en el Código Penal.
- Si, conducir bajo los efectos del alcohol puede ser un delito contra la seguridad vial.
- Sólo si el conductor es el responsable de un accidente con víctimas mortales.
Sí. Conducir con una tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado es delito contra la seguridad vial, castigado con prisión, multa o trabajos comunitarios, además de la retirada del permiso. Negarse a la prueba también es delito.
Conducir un vehículo a motor o ciclomotor cuando se ha declarado la pérdida de vigencia del permiso o licencia de conducción por la pérdida total de los puntos asignados legalmente, ¿podrá ser castigado con pena de prisión?
- No, únicamente se impondrá una sanción administrativa.
- Sí, por un período de 3 a 6 meses.
- Sí, por un periodo de 12 a 24 meses, además de realizar trabajos en beneficio de la comunidad.
Sí, con prisión de 3 a 6 meses. Conducir tras la pérdida de vigencia del permiso por agotar los puntos es delito contra la seguridad vial, no una simple infracción administrativa.
Compruébalo
Veinte preguntas de este tema, corregidas al momento y con la explicación de cada fallo.
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