¿Cuándo hay que llevar la luz de cruce de día?
Las motocicletas, siempre y en cualquier vía. Y cualquier vehículo que circule por un carril reversible, por un carril adicional circunstancial o por uno habilitado para ir en sentido contrario al normal.
De día las luces no sirven para ver, sirven para que te vean, y la norma las exige justo en los dos escenarios donde un vehículo es difícil de encuadrar: cuando su silueta engaña y cuando alguien puede venirte de frente por donde no lo espera. Todo lo demás que se cuenta por ahí sobre circular con luces a pleno día es recomendación, no obligación. Saber distinguir una cosa de otra es lo que resuelve la pregunta, porque las respuestas falsas suelen ser hábitos razonables que la norma no impone.
El primer supuesto son las motocicletas, en cualquier vía y a cualquier hora. El motivo es de percepción: una moto de frente es una silueta estrecha, sin referencias de anchura, y quien va a girar delante de ella calcula mal a qué distancia está y a qué velocidad llega. Un foco encendido da un punto de referencia y mejora ese cálculo. Es una obligación permanente y no depende de la iluminación de la calle ni de la hora, así que también rige en una avenida a mediodía.
El segundo grupo son tres tipos de carril que tienen algo en común: a tu izquierda puede haber tráfico viniendo de frente. El carril reversible, que se reconoce por la doble línea discontinua a los dos lados y cuyo sentido lo fijan los semáforos de carril. El carril adicional circunstancial, habilitado temporalmente con conos y balizas. Y el carril habilitado para circular en sentido contrario al normal de esa calzada. En los tres hay que llevar encendida al menos la luz de cruce, y en los tres va unida otra obligación: no se puede abandonar el carril, ni siquiera para adelantar.
Fuera de esto, la obligación de luces a pleno día que más cae no es de día en sentido estricto: es el túnel. Ahí van posición y cruce a cualquier hora, esté el túnel bien iluminado o no. Y queda la trampa clásica: las luces diurnas que encienden solas muchos coches no son luz de cruce. Alumbran hacia delante y no activan los pilotos traseros, de modo que en un túnel, de noche o con niebla dejarían tu coche invisible por detrás, que es precisamente por donde te van a alcanzar. Cuando la norma pide cruce, hay que encender el cruce.
Lo que hay que quedarse
- Las motocicletas, siempre, en cualquier vía y a cualquier hora.
- Cualquier vehículo en carril reversible, en carril adicional circunstancial o en carril habilitado en sentido contrario.
- En esos carriles tampoco puedes abandonarlos, ni para adelantar.
- En túnel van posición y cruce a cualquier hora del día.
- La luz diurna no es luz de cruce: no enciende los pilotos traseros.
En el examen: La pregunta clásica enumera situaciones y espera que marques la moto y el carril reversible, colando como señuelo la carretera convencional a pleno día, donde llevar luces es prudente pero no obligatorio. La otra versión cambia la luz de cruce por la diurna a ver si sabes que esta última deja el coche sin luz trasera.
Esto se explica entero, con sus tablas y sus excepciones, en Alumbrado y señalización óptica.
Cómo cae en el examen
Estas son 4 preguntas reales del banco oficial de la DGT sobre esta misma duda. La respuesta correcta va marcada.
En una vía en la que se ha habilitado un carril adicional circunstancial, ¿qué vehículos están obligados a llevar encendida , al menos, la luz de cruce?
- Todos
- Sólo los vehículos que circulen por el carril adicional
- Sólo los vehículos que circulen por los arcenes
/ tanto el vehículo que circula por el carril adicional como los que circulan por el contiguo deben llevar: las luces de cruce encendidas y velocidad: no superior a 80 ni inferior a 60 km/h.
Estos vehículos circulan por un carril habilitado en sentido contrario al habitual. ¿Pueden desplazarse al carril normal de circulación?
- Sí, siempre que al hacerlo, no derriben los conos que delimitan ese carril.
- No, ni siquiera para adelantar.
- Sí, pero sólo para adelantar.
Por este carril se debe circular a la velocidad mínima de 60 km/h. Y máxima de 80 km/h., con la luz de cruce encendida y está prohibido salir del carril que le separan por los conos.
En esta vía se ha habilitado un carril adicional circunstancial, ¿a qué velocidad, como mínimo, deberán circular por dicho carril?
- 60 Km/h o inferior si así estuviese señalizado
- 80 km/h.
- A la mitad de la genérica señalada para cada categoría de vehículos.
/ TANTO EL VEHÍCULO QUE CIRCULA POR EL CARRIL ADICIONAL COMO LOS QUE CIRCULAN POR EL CONTIGUO DEBEN LLEVAR: LAS LUCES DE CRUCE ENCENDIDAS Y VELOCIDAD: NO SUPERIOR A 80 NI INFERIOR A 60 KM/H. (excepto que estuviera indicado por una señal).
Los camiones de MMA que no excedan de 3.500 kg ¿pueden utilizar un carril abierto a la circulación en sentido contrario al normal?
- No, Nunca.
- Sí, cuando el carril se ha abierto por obras en la calzada.
- Sí, siempre que circulen con la luz de cruce encendida.
Por obras, pueden circular todos los vehículos. Luz de cruce y velocidad máxima: 80 km/h si no hay obras: solo lo pueden utilizar motocicletas y turismos sin remolque.
Compruébalo
Veinte preguntas de este tema, corregidas al momento y con la explicación de cada fallo.
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