¿Cada cuánto se renueva el permiso B?
Cada diez años hasta los 65, y cada cinco a partir de esa edad. La renovación exige pasar de nuevo el reconocimiento psicotécnico.
El permiso B no caduca como caduca un yogur: lo que caduca es la comprobación de que sigues estando en condiciones de conducir. Por eso la renovación no es un trámite de papeles, sino un reconocimiento psicofísico nuevo. El plazo depende solo de tu edad: diez años mientras no cumplas los 65, y cinco años a partir de ahí. No se cuenta desde que te examinaste, sino desde la última vez que te lo renovaron, y la fecha exacta viene impresa en la propia tarjeta.
El acortamiento a los 65 no es un castigo, es estadística. La vista, los reflejos y la medicación cambian con los años, y cinco años es el intervalo que la norma considera razonable para volver a mirarlos. Ojo, además, con una confusión frecuente: el plazo se decide por la edad que tengas cuando renuevas, no por la que tenías cuando te lo dieron. Si te renuevan a los 63, la vigencia es de diez años; si te renuevan a los 66, es de cinco.
El reconocimiento puede salir con condiciones en vez de con un sí o un no. Cuando es así, aparecen en el propio permiso en forma de códigos: lentes correctoras, espejos adicionales, cambio automático, adaptaciones de mando. Esos códigos son de obligado cumplimiento, y conducir sin la adaptación que te han anotado es circular incumpliendo las condiciones de tu autorización. El centro puede también acortarte la vigencia, y entonces manda esa fecha y no la general de diez o cinco años.
Conviene separar esto de otras dos cosas que se mezclan siempre. Una es el saldo de puntos: no tiene nada que ver con la renovación. Puedes renovar con los puntos que tengas, y renovar no te devuelve ninguno. La otra es la L verde del conductor novel, que dura un año desde que obtienes tu primer permiso y se agota sola. Y un aviso práctico: conducir con el permiso caducado no es lo mismo que conducir sin permiso, pero sigue siendo una infracción, así que el trámite se hace antes de la fecha, no después. La renovación se pide en un centro de reconocimiento de conductores autorizado, que es quien envía el resultado a Tráfico.
Lo que hay que quedarse
- Cada diez años hasta los 65 y cada cinco a partir de esa edad.
- Lo que se renueva es la aptitud psicofísica: hay que pasar otra vez el reconocimiento.
- El plazo lo marca la edad que tienes al renovar, no la que tenías al sacarlo.
- El reconocimiento puede imponer códigos de restricción, y son obligatorios.
- Renovar no tiene relación con los puntos ni te devuelve ninguno.
En el examen: La pregunta enfrenta casi siempre los dos plazos y la edad de corte, y el error típico es decir cinco años desde el principio o poner la frontera en los 70. Otra variante insinúa que basta con pagar una tasa: no, hace falta un reconocimiento psicofísico nuevo en un centro autorizado.
Esto se explica entero, con sus tablas y sus excepciones, en Documentos, mandos y mantenimiento.
Cómo cae en el examen
Estas son 4 preguntas reales del banco oficial de la DGT sobre esta misma duda. La respuesta correcta va marcada.
Si su turismo ha pasado favorablemente la primera ITV, ¿cuándo tiene que pasar la próxima inspección?
- Dentro de 2 años
- Dentro de 4 años
- Al año siguiente
Hasta 4 años: exento, de 4 hasta diez: cada 2 años y a partir de 10: anual.
¿Cuándo debe pasar un turismo su primera inspección técnica periódica?
- A los 4 años, a partir de la fecha de la primera matriculación.
- A los 3 años, a partir de la fecha de la primera matriculación.
- A los 4 años, a partir de la fecha de fabricación o importación.
Hasta 4 años: exento, de 4 hasta diez: cada: 2 años y a partir de 10: anual.
¿Cada cuanto tiempo debe pasar la inspección de I.T,V un turismo privado de más de 10 años?
- Cada 2 años
- Cada año
- Cada 6 meses
Los turismos particulares con más de diez años tras su primera matriculación, deberá pasar la inspección de I. T. V cada año a partir del décimo año tras la matriculación.
Un turismo de nueva matriculación de uso privado, cuando ha de pasar la siguiente inspección técnica del vehículo?
- Al cabo de 5 años.
- Al cabo de 3 años desde la fecha de expedición de la tarjeta de inspección técnica.
- Al cabo de 4 años desde la fecha de matriculación.
A los cuatro años desde la matriculación. Después, cada dos años hasta cumplir diez, y a partir de ahí anualmente.
Compruébalo
Veinte preguntas de este tema, corregidas al momento y con la explicación de cada fallo.
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