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Qué cambia el 1 de octubre de 2026

Entra en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación en materia de usuarios vulnerables. Cambian el adelantamiento a ciclistas y motoristas, el equipamiento de las motos, las normas de los patinetes y de los peatones, y aparece el carril de emergencia. Lo que NO cambia es el examen: el real decreto no toca el reglamento de conductores.

Esto es lo que entra en vigor, comparado con lo que rige hoy. Está sacado de comparar el texto nuevo con el que está vigente, artículo por artículo, porque buena parte de lo que se cuenta por ahí como novedad lleva años siendo obligatorio.

Qué cambiaHasta el 30 de septiembreDesde el 1 de octubre
Adelantar a un ciclista o motoristaDejar 1,5 metros de separación1,5 metros y además cambiar de carril entero si la calzada tiene más de uno por sentido, y fuera de poblado reducir 20 km/h por debajo del límite
Rebasar un vehículo averiadoSin regla específica1,5 metros y reducir 20 km/h respecto al límite de la vía
Adelantar en pasos de peatones y pasos a nivelHabía dos excepciones que lo permitíanProhibido sin matices: desaparecen las dos
Motos en el arcénNo pueden circular por élPodrán, pero solo en tramos habilitados y señalizados, con la circulación detenida por atasco, a 30 km/h como máximo y en fila de a uno
Carril de emergenciaSolo el deber genérico de facilitar el paso a los prioritariosEn autopista y autovía, con retención a paso de peatón o parada, es obligatorio orillarse para dejar un pasillo libre
Con nieve en autopista o autovíaSin regla específicaProhibido adelantar y obligación de ir por el carril derecho, dejando libres los de la izquierda para quitanieves y emergencias
Casco de motoHomologadoHomologado conforme al reglamento UNECE R22
Guantes y calzado en motoNo obligatoriosGuantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier vía
Chaleco reflectante en motoNo entraba en su dotaciónPasa a ser obligatorio llevarlo
Casco en patineteSegún la ordenanza de cada ayuntamientoObligatorio en toda España
Patinetes por vías ciclistasProhibidos en travesías, interurbanas y túneles urbanosSigue esa prohibición, pero podrán circular por carriles bici, pistas bici y sendas ciclables
Patinetes en el carril VAOSin mención expresaExcluidos expresamente
AuricularesProhibidos los conectados a un reproductor de sonidoSe amplía a cualquier dispositivo que reste atención, y por primera vez se exceptúan los intercomunicadores homologados del casco
Peatones sin aceraPor la izquierda solo fuera de pobladoPor la izquierda en cualquier vía sin zona peatonal practicable
Autobús sin cinturones o con pasajeros de pie80 km/h solo en convencional80 km/h en cualquier vía fuera de poblado
Autocaravanas estacionadasSin definición legal de cuándo están acampadasPodrán estacionar donde pueda un turismo, sin sacar nada del perímetro del vehículo, apoyadas solo en los neumáticos y sin verter fluidos

Todo lo anterior ya está incorporado a nuestro temario, tema por tema y en el punto donde toca, con lo que rige hoy y lo que regirá desde octubre. No hace falta estudiar dos veces.

Cómo cae en el examen

Estas son 4 preguntas reales del banco oficial de la DGT sobre esta misma duda. La respuesta correcta va marcada.

¿Todos los usuarios de la vía están obligados a obedecer las señales de circulación?

  • Sí, siempre.
  • No.
  • Los conductores sí, los peatones no.

Sí, siempre y todos: conductores, peatones y ciclistas. Las señales no van dirigidas solo a los vehículos, y su incumplimiento por un peatón también es infracción.

De acuerdo con la señalización, ¿es correcto utilizar el alumbrado del vehículo?

  • Sí, al menos, la luz de cruce porque el vehículo circula por un carril reversible.
  • Sí, porque circula en sentido contrario al habitual.
  • No, porque es de día y las condiciones meteorológicas son favorables.

En un carril reversible el sentido de circulación cambia según la hora, así que otros conductores pueden no esperar tráfico ahí. Llevar como mínimo la luz de cruce encendida es lo que garantiza que te vean.

En caso de accidente de circulación, ¿quienes están obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detención de alcoholemia?

  • Únicamente los conductores de vehículos a motor.
  • Sólo los conductores de vehículos y bicicletas.
  • Todo usuario de la vía que esté implicado directamente como posible responsable.

Todos los conductores, incluidos los de bicicletas y patinetes. Usuarios implicados en un accidente, ejemplo un peatón atropellado. Un peatón que va por la calle sin más, no.

Como norma general, los ocupantes de un vehículo deben entrar al mismo por...

  • cualquier lado, siempre que no se entorpezca a otros usuarios.
  • el lado más próximo al borde de la vía y con el vehículo inmovilizado.
  • el lado más alejado del borde de la vía y con el vehículo parado.

Por el lado más próximo al borde de la vía y con el vehículo parado. Salir o entrar por el lado de la circulación expone al ocupante y sorprende a ciclistas y motoristas.

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